Economía solidaria

Contratar a un trabajador/a de hogar externo/a

 Las normas que regulan la relación laboral,  de carácter especial,  del servicio de hogar familiar son, entre otras:

  • RD 1620/2011 de 14 de noviembre
  • Estatuto de los Trabajadores
  • R.D.  en el que se fija el SMI para el año en curso.

 

SALARIO  Y SEGURIDAD SOCIAL

El salario de un trabajador/a de hogar externo/a está en función de las horas de trabajo que realiza a la semana en el domicilio de la familia empleadora.

La obligación de dar de alta al trabajador/a en la Seguridad Social es de la familia empleadora. El alta debe solicitarse antes del inicio de la relación laboral. Durante el periodo de prueba que se establezca, la persona contratada ha de estar de alta en Seguridad Social. El importe de la cuota de Seguridad Social está en relación al salario que percibe el trabajador/a.  Aquí puede ver el importe de la cuota a pagar como parte empleadora a la Seguridad Social.

Ejemplo 1

  • Horario de trabajo: de 8:00 a 15:00 horas lunes a viernes + martes y jueves de 17:00 a 19:00 horas
  • Horas de trabajo semanales: 39
  • Salario incluyendo pagas extraordinarias prorrateadas: 1.080.63 euros mes  (12 pagas/año)
  • Salario sin incluir prorrata de extraordinarias: 926.25 euros mes (14 pagas/año)
  • Seguridad Social →    Cuota familia:   223.56                            Cuota trabajador/a: 51.56                              Cuota total: 275.12

 

Ejemplo 2

  • Horario de trabajo: de 10:00 a 13:00 horas, de lunes a viernes
  • Horas de trabajo semanales: 15
  • Salario incluyendo pagas extraordinarias prorrateadas: 415.63 euros mes (12 pagas al año)
  • Salario sin incluir prorrata de extraordinarias: 356.25 (14 pagas/año)
  • Seguridad Social →    Cuota familia: 96.60                            Cuota trabajador/a: 22.27                               Cuota total: 118.87

 

VACACIONES 

Son 30 días naturales por año; se pueden fraccionar en periodos pero uno de ellos al menos, será de 15 días naturales consecutivos.

 

EL CONTRATO de trabajo ha de hacerse por escrito cuando vaya a durar más de cuatro semanas y se especificará:  la duración del mismo, el domicilio de trabajo, las tareas a realizar, el horario de trabajo,  el salario mensual, el importe de las pagas extraordinarias, las prestaciones salariales que se recibirán en especie si procede, la duración y distribución de los tiempos de presencia pactados, así como el sistema de retribución o compensación de los mismos y el régimen de pernoctas. 

– El empleador  ha de entregar al trabajador  un  recibo individual y justificativo del pago del salario mensual. MÁS INFORMACIÓN en la página web del Ministerio de trabajo, Migraciones y Seguridad Social 

 

SELECCIÓN DE CANDIDATOS/AS

Si desea que hagamos para usted una selección de candidatos/as de trabajadores/as de hogar externos/as, RELLENE estos documentos:

1) La oferta de trabajo

2) La Autorización de Tratamiento de datos

Estos dos archivos y una fotocopia del DNI de la persona empleadora, puede enviarlos a nuestro correo:

                              agenciacolocación@caritasalbacete.org

 

O, si lo prefiere, puede dejarlos en nuestra sede, Plaza de los Molinos, número 3, de Albacete, en horario de 9:00 a 14:00 horas, en Recepción.

  • A la mayor brevedad posible haremos una selección de candidatos/as teniendo en cuenta sus necesidades.
  • Si finalmente usted contrata a alguna de las personas con la que le hemos puesto en contacto, NO OLVIDE por favor que ha de remitirnos al email o dejarnos en recepción:

                                          1) Copia del contrato de trabajo suscrito

                                          2) Copia del alta en Seguridad Social