Código de Conducta de Cáritas Española
Junio 2023
AMBITO Y FINALIDAD
El presente Código de Conducta especifica las actitudes y el comportamiento que se espera que mantengan todos los agentes de Cáritas Española. Para los propósitos de este Código de Conducta «agentes» se refiere a todo el personal directivo, las personas voluntarias, las becarias, las trabajadoras en el marco de una relación laboral, o en periodos de formación y asesores o colaboradores puntuales externos.
El fin de este Código es ayudar a las personas que trabajan y colaboran en Cáritas a orientar tanto las relaciones dentro del ámbito interno de la organización como las de terceros y partes (o entidades) vinculadas a Cáritas, desde los valores reflejados en el Documento “Las personas que trabajamos en Cáritas”, los principios de la Doctrina Social de la Iglesia y la centralidad de la persona, y en línea con lo expresado en la encíclica Deus Caritas Est.
«Por lo que se refiere al servicio que se ofrece a los que sufren, es preciso que sean
competentes profesionalmente: quienes prestan ayuda han de ser formados de manera que sepan hacer lo más apropiado y de la manera más adecuada, asumiendo el compromiso de que se continúe después las atenciones necesarias. Un primer requisito fundamental es la competencia profesional, pero por sí sola no basta. En efecto, se trata de seres humanos, y los seres humanos necesitan siempre algo más que una atención sólo técnicamente correcta. Necesitan humanidad. Necesitan atención cordial (…). Por eso, dichos agentes, además de la preparación profesional, necesitan también y sobre todo una «formación del corazón»: se les ha de guiar hacia ese encuentro con Dios en Cristo, que suscite en ellos el amor y abra su espíritu al otro, de modo que, para ellos, el amor al prójimo ya no sea un mandamiento por así decir impuesto desde fuera, sino una consecuencia que se desprende de su fe, la cual actúa por la caridad (cf. Ga 5, 6)».
Parte del respeto mutuo y de la dignidad de todas las personas, desde las relaciones de los que formamos Cáritas, los destinatarios de nuestra acción y la sociedad en general. Pone su acento en la humanidad, el respeto y la cercanía a los demás desde la escucha y la promoción de actitudes y relaciones positivas, más allá del seguimiento de su cumplimiento.
Cáritas expresa su voluntad de identificar aquellos cambios en sus actitudes y cultura organizativa que nos orienten hacia el aprendizaje y la mejora desde las propuestas de este Código de Conducta.
Es un Código “interno”, por lo que el seguimiento y revisión será también “interno”, y su
aplicación será dinámica, desde el diálogo y la participación de los agentes de Cáritas.
PRINCIPIOS
Los agentes de Cáritas actuarán en base a los siguientes principios:
1. Valores, conducta y ética:
− Adherirse o, cuando menos, entender y respetar, los valores sociales y morales de la
Doctrina Social de la Iglesia.
− Dignidad y respeto:
▪ Actuar de buena fe y tratar a todas las personas con dignidad y respeto creando
un entorno que reconozca y valore la diversidad.
▪ Respetar los derechos humanos y combatir la discriminación, el acoso, el abuso,
la negligencia y la explotación que infrinjan los derechos de las personas.
▪ Evitar «imponer su fe a otros… [siendo] consciente de que el amor, en su pureza
y gratuidad, es el mejor testimonio del Dios en el que creemos y que nos impulsa
a amar».
▪ Abstenerse de hacer comentarios y/o acciones racistas, sexistas o de cualquier
manera ofensivos tanto en público como en privado.
▪ Respetar y ser consciente de las costumbres y cultura locales, y actuar de
conformidad a las mismas, dentro de su libertad de conciencia.
▪ Tener en cuenta las sensibilidades locales a la hora de expresar y practicar sus
propias creencias, sin renunciar por ello al propio derecho de libertad religiosa.
▪ Respetar los derechos de propiedad intelectual e industrial de terceras personas.
– Cuidado y protección:
▪ Tomar medidas razonables para proteger a las personas contra daños, en
situaciones que puedan conllevar un riesgo para la integridad física, psíquica o
sexual, especialmente a los menores de edad, a las personas con discapacidad y
a las personas vulnerables.
▪ Cuidar que tanto las personas que trabajan y colaboran en Cáritas, como
cualquier agente bajo su cargo actúe de acuerdo con las pautas exigibles de
salud, seguridad y protección, y se esfuerce por proteger a las otras personas.
▪ En su presencia pública (medios de comunicación, redes sociales, etc…) velar
porque se respete la identidad de Cáritas y el presente Código de Conducta,
asegurando que no se desacredite la reputación de Cáritas.
▪ Defender el derecho a la protección de los menores de edad, personas con
discapacidad y personas vulnerables, independientemente del género, la raza o
la cultura, en todas las actividades de Cáritas.
− Solidaridad y Acompañamiento:
▪ Acoger, escuchar y acompañar a todas las personas necesitadas y vulnerables,
independientemente de su procedencia, etnia, religión o ideología política.
▪ Aceptar y desarrollar la solidaridad y la cooperación con las personas de otras
organizaciones de acción caritativa y social, vinculadas a la Iglesia.
2. Protección a la infancia y a la adolescencia.
Todos los agentes que están en contacto con niños, niñas y adolescentes están obligados a conocer y aplicar lo estipulado en el Plan de Prevención y Protección a la Infancia y
Adolescencia de Caritas, poniendo especial atención en lo referente a:
− Trato afectivo equitativo, respetuoso y protector, evitando cualquier conducta abusiva,
humillante o explotadora.
− La ausencia de violencia y castigo físico, evitando cualquier comportamiento agresivo,
tanto verbal como psíquico o emocional.
− La utilización de espacios de trabajo que constituyan entornos seguros y protectores a
todos los niveles.
− La abstención de todo tipo de contacto físico y sexual, como el uso de expresiones que
puedan entenderse como de finalidad sexual.
− Las comunicaciones digitales con menores de edad, evitando el uso de mensajería
individual o de grupo en todas sus formas, el contacto a través de cualquier medio, sin
conocimiento de los tutores legales, y la obtención de material pornográfico en que
aparezcan menores de edad.
3. Conducta personal.
Al realizar cualquier actividad de Cáritas o mientras se encuentre en un entorno propio de
la organización, incluyendo instalaciones (alojamiento, oficina), vehículos, etc.:
− Abstenerse de portar cualquier tipo de arma o actuar con métodos violentos.
− No está permitido el consumo de drogas ni alcohol. Tampoco está permitido ningún
acto de cultivo, elaboración o tráfico de sustancias ilegales, ni su posesión en el centro
de trabajo.
− Asegurar una conducta sexual apropiada y respetuosa en todo momento.
− Abstenerse de conductas de acoso de cualquier índole (laboral, sexual…) a otros
agentes, colaboradores y a personas destinatarias y participantes de nuestra acción.
− Cumplimiento:
▪ Observar las leyes y reglamentos nacionales del país en donde trabaja.
▪ Desempeñar las tareas de forma competente de acuerdo a los estándares éticos
presentes en este código.
4. Conflictos de interés, coacción y corrupción.
− Evitar utilizar puestos de poder conferidos por sus funciones como agente de Cáritas
para ejercer presión, obtener favores o beneficios personales económicos,
profesionales, políticos o sexuales.
− Manifestar por escrito, a su superior u otro directivo, cualquier conflicto de interés
(económico, personal o familiar), existente o potencial, en cuestiones relacionadas con
su trabajo de Cáritas.
− Abstenerse de aceptar favores, sobornos o cualquier otra forma de enriquecimiento
personal 4 de destinatarios de su acción, contrapartes o contratistas, bajo ninguna
circunstancia.
5. Transparencia y protección del patrimonio de Cáritas.
− Asegurar que los bienes y documentos de trabajo, publicaciones o la marca de Cáritas
no se malversen y se protejan contra robo, fraude, reproducción, plagio u otro daño.
− Abstenerse de usar indebidamente los bienes y recursos que Cáritas pone a disposición
de sus agentes.
− Mantener estándares adecuados de fiabilidad, relevancia e integridad en la rendición
de cuentas financieras, cumpliendo, como mínimo, las obligaciones legales vigentes.
− Conservar los archivos y documentos por el tiempo que las leyes exijan ya que pueden
ser relevantes para procesos administrativos o judiciales.
6. Blanqueo de capitales
− Abstenerse de adquirir, poseer, utilizar, convertir, transmitir o aprovechar bienes
sabiendo que tienen su origen en una actividad delictiva, así como realizar cualquier
otro acto para ocultar o encubrir su origen ilícito, para beneficio personal o de cualquier
otra persona física o jurídica.
7. Protección de datos y confidencialidad.
− Mantener la confidencialidad sobre cualquier información relevante obtenida durante
el ejercicio de sus labores en Cáritas.
− Cumplir las normas básicas definidas por Cáritas en materia de seguridad de la
información y protección de datos de carácter personal, con especial atención en lo
que afecte a menores de edad, personas con discapacidad y personas vulnerables.
− No tratar información con datos personales sin el consentimiento de la persona
afectada, salvo para proteger los intereses vitales de la misma o aquellos intereses
legítimos de Cáritas.
IMPLEMENTACIÓN, SEGUIMIENTO Y APLICACIÓN
El Equipo Directivo de Cáritas Española es responsable de asegurar que todos los agentes de Cáritas sean informados sobre el Código de Conducta y estén comprometidos a respetarlo, así como que el documento se actualice puntualmente.
A tal efecto, existe un Comité de Cumplimiento que se responsabilizará de su difusión,
implantación, desarrollo, aplicación, interpretación y seguimiento, actuando desde la
mediación y el diálogo como fundamento de su servicio.
Este Código de Conducta y sus principios se harán llegar a todos los agentes y permanecerá publicado en la página web de Cáritas.
Mecanismos de seguimiento.
Existe un procedimiento de gestión de denuncias para comunicar situaciones de
incumplimiento del presente Código de Conducta, ante el citado Comité de Cumplimiento.
Es particularmente importante contemplar en este procedimiento que no solo los agentes de Cáritas sino los destinatarios de su acción, los miembros de la comunidad y el personal de contrapartes puedan comunicar incumplimientos y plantear quejas.
Para reforzar el compromiso de Cáritas con el cumplimiento normativo, y en particular con
este Código, se dispone de un Canal de Denuncias accesible desde la página web de Cáritas Española donde las comunicaciones sobre incumplimientos serán tratadas de forma confidencial.
Cualquier agente de Cáritas que plantee inquietudes o sospechas de incumplimiento grave del presente código será protegido contra represalias o cualquier otro trato perjudicial, siempre y cuando las mismas se realicen de buena fe. Acusaciones deliberadamente falsas serán consideradas una falta disciplinaria grave y se investigarán y tratarán como corresponda.
Cualquier incumplimiento del Código de Conducta que se comunique, será investigado,
pudiendo derivarse las oportunas medidas disciplinarias, a través de los mecanismos
establecidos por Cáritas Española.
Compromiso.
Todos los agentes de Cáritas se comprometen a cumplir el presente Código, así como a
informar de cualquier incumplimiento del mismo, a través de los cauces establecidos. Esto
podrá hacerse por escrito, de forma verbal o a través del mencionado canal de denuncia y
deberá incluir todos los detalles y, a ser posible, pruebas de apoyo. Si por alguna razón (p. ej. la persona responsable de su equipo pueda estar implicado) esto no es posible, debe ponerlo en conocimiento del Comité de Cumplimiento.
Madrid, a 23 de junio de 2023
Manuel Bretón Romero
Presidente de CÁRITAS ESPAÑOLA